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Ayudas para la Industria Digital, Innovadora y Sostenible, financiadas mediante la iniciativa de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), Línea IDIS-REACT
Ayudas destinadas a proyectos empresariales de grandes empresas y PYME que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de otra índole, ésta tenga potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social. Estas ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido a conceder en régimen de concurrencia competitiva y tienen la consideración de ayudas "de minimis".
Las temáticas y contenidos de las actuaciones subvencionables han de tener un claro componente y peso específico relacionado con la transformación digital y/o con la sostenibilidad de la actividad desde el punto de vista medioambiental.
Beneficiarios: Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) y grandes empresas (GE) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
Cuantía de la Convocatoria: 20.000.000 €
Plazo de ejecución: 01.02.2020-31.07.2021
Plazo de presentación de solicitudes: 16.06.2021 - 15.09.2021
Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales:
En el caso de grandes empresas (GE), en el tramo en el que la ayuda se acoja al Reglamento General de Exención por Categorías, ésta solo se concederá para una inversión inicial en favor de una nueva actividad económica en la zona de que se trate.
Se contemplan proyectos de innovación en materia de organización que supongan la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa; no se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
También se incluyen los proyectos de innovación en materia de procesos, en dónde se aplique un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos); no se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico.
Asimismo, las actuaciones para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.
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