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El ámbito geográfico de las actividades objeto de ayuda será la totalidad del territorio nacional
Líneas de actuación y tipos de proyecto
1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:
Los proyectos de innovación en materia de procesos y organización realizados por grandes empresas únicamente serán objeto de ayuda si colaboran de manera efectiva con pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES), en la actividad objeto de ayuda y si las PYMES con las que colaboran corren con un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables.
2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
a) Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
b) Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables. Se considerarán aquellas inversiones destinadas a mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad o sustitución de fuentes de energía fósil por renovable
Prioridades temáticas
Los proyectos deben de estar destinados a aplicarse en la cadena de valor de la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
Las sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, y que no formen parte del sector público.
de ejecución: desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 24 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
de presentación de solicitudes: 29.05.2023 -28.06.2023
Garantías:
Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía antes de la resolución de concesión de la ayuda, estableciéndose un plazo de quince días hábiles para presentarla desde la notificación de su requerimiento, tanto para el préstamo como para la subvención propuesta, en su caso.
El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de subvención será:
- del 80% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera satisfactoria;
- del 60% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera buena;
- del 40% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera excelente;
El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de préstamo será:
- del 20% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera satisfactoria;
- del 15% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera buena;
- del 10% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera excelente;
Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.
Cuantía total:
El importe total máximo convocado será de 188.000.000 euros de los que 114.000.000 € serán en forma de préstamo y 74.000.000 € en forma de subvención
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto: 100.000 €
Características de los préstamos.
1. Cuando las ayudas tengan la forma de préstamos sus características serán las siguientes:
2. El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo del:
El importe máximo de subvención a percibir en esta convocatoria estará limitado a 4.000.000 € por grupo empresarial.
Según los tipos de proyectos, las intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente a los beneficiarios:
Tipo de proyectos | Empresas no PyME | Medianas empresas | Pequeñas empresas y microempresas |
Proyectos de investigación industrial | hasta 50% | hasta 60% | hasta 70% |
Proyectos de desarrollo experimental | hasta 25% | hasta 35% | hasta 45% |
Proyectos de innovación en materia de organización y procesos | hasta 15% | hasta 50% | hasta 50% |
Proyectos de protección de medio ambiente | hasta 40% | hasta 50% | hasta 60% |
Proyectos eficiencia energética | hasta 30% | hasta 40% | hasta 50% |
La intensidad de la ayuda para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental podrá aumentarse en 15 puntos porcentuales, hasta un máximo de 80% si se cumplen algunas de las condiciones definidas en el artículo 25.6.b del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
La intensidad de la ayuda para los proyectos de innovación en protección del medio ambiente y eficiencia energética podrá incrementarse en 15 o 5 puntos porcentuales en el caso de las inversiones situadas en zonas asistidas cumpliendo las diferentes condiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Más información: info@evocas.com
Fuente: BOE
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