Las PYMEs de Automoción pueden aprovechar la deducción por iT en proceso al 50% en 2021

Con el RDL 23/2020, de 23 de junio el Gobierno aprobó medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. El RDL 34/2020, de 17 de noviembre, incrementó los porcentajes aplicables a la deducción en iT en procesos en el Impuesto de Sociedades, que para las PYMEs de la industria de Automoción puede llegar al 50 %.
Con el objeto de fomentar inversiones en innovación en procesos en la cadena de valor de la industria del automóvil en España, el artículo 7 incrementa, para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021, el porcentaje de la deducción en innovación en procesos en el Impuesto de Sociedades, del 12 % actual hasta el 25 %.
Artículo 7. Deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021, el porcentaje de deducción al que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, será del 25 por ciento para los gastos efectuados en la realización de actividades de innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya existentes.
Para la aplicación de la deducción regulada en el párrafo anterior, será necesario que la entidad haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya existentes, en los términos establecidos en la letra a) del apartado 4 del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
El Real Decreto Ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria introduce modificaciones significativas tanto para las PYMEs como para la GE en cuanto a los porcentajes aplicables a la deducción en innovación en procesos en el Impuesto de Sociedades, que para las PYMEs de la industria de Automoción puede llegar al 50 %.
Fuente: BOE (RDL23/2020), BOE (RDL34/2020)
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